Ayudas a la rehabilitación, ¿realidad o ficción?

No está clara la apuesta de la Administración, tanto central como autonómica, por el fomento de la rehabilitación de edificios como estímulo a la actividad económica. Actualmente existe un plan de ayudas hasta 2016 que al no haber sido refrendado por las Comunidades Autónomas, pese a estar 7 meses aprobado, se hace imposible su tramitación y, por tanto, el acceso a las ayudas por parte del ciudadano.

Sí que hay regiones, como Andalucía (información aquí), o localidades como San Vicente del Raspeig (información aquí), que han tomado decisiones positivas en este sentido y han creado su propia línea de ayudas.

Un informe de Fotocasa advierte que sólo el 5% de las personas que han reformado su casa han solicitado una ayuda de las que concede el Ministerio de Fomento, aunque un 18% de los que tienen previsto hacer obras de reforma en un futuro también tienen intención de pedirla, una intención dado que ya se ha cerrado el Plan de Vivienda 2009-2012 y el que está en vigor, todavía no cuenta con el beneplácito de las Comunidades Autónomas.

Grupo Renovak se ha puesto en contacto con la Dirección General de Arquitectura, dependiente del Ministerio de Fomento, así como con las áreas competentes en rehabilitación de las distintas Comunidades Autónomas para conocer el estado del  Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016 (Real Decreto 233/2013, de 5 de abril), y la realidad es que 7 meses después de su aprobación todavía no existe el convenio entre el Gobierno de España y las Comunidades Autónomas para poder acceder a estas ayudas, muy importantes para revitalizar el sector de la vivienda.

Se espera que, en breve, se suscriba este convenio y que cada Comunidad cree su procedimiento para acceder a esta línea de ayudas que se centran tanto en la rehabilitación de edificios (adecuación estructural y funcional de los edificios dedicados a viviendas) como de viviendas (adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda).

Sí que están especificados los requisitos que se deben cumplir en cada caso. Por un lado tanto para acceder a las ayudas para la rehabilitación de edificios como de vivienda, la antigüedad del inmueble tiene que superar los 15, excepto para obras de supresión de barreras arquitectónicas. Además, los inmuebles deben ser adecuados estructural y funcionalmente o que alcancen la adecuación con la rehabilitación que se va a realizar. También existen requisitos específicos para la rehabilitación de edificios

Estas ayudas están dirigidas a usuarios de las viviendas, sean propietarios o arrendatarios y a las comunidades de propietarios, siempre y cuando cumplan una serie de condicionantes relacionados con la capacidad económica de los usuarios de la vivienda:

  • En el caso de la rehabilitación de edificios, que el 60% de los usuarios tengan ingresos familiares inferiores al 5,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), situado en 645,30 euros/mes para 2013.
  • Rehabilitación de viviendas, que los ingresos familiares no superen 3,5 veces el SMI.

Infórmese del resto de características del  Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016

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OTRAS AYUDAS

Con el fin de promover actuaciones integrales que favorezcan la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en el parque de edificios existentes del sector residencial, así como cumplir con el artículo 4 de la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE),  pone en marcha  un programa específico de ayudas y financiación, dotado con 125 millones de euros.

Las actuaciones deberán encuadrarse en una o más de las tipologías siguientes:

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  • Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.

Infórmese Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes del sector Residencial (uso vivienda y hotelero)

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